Acuerdo de Unión Civil permite un nuevo estado civil a dos personas solteras, quienes serán consideradas desde ese momento como parientes, tanto con su pareja como con los familiares de ella y podrán exigir que se cumplan todos los derechos que la ley contempla para los familiares próximos.
La manera de llevarlo a cabo
Las Uniones civiles se llevarán a cabo en el Registro civil, ya no en una notaría, como se pensó originalmente.
Los contrayentes deberán firmar un acta ante un oficial del Registro Civil e Identificación (o mediante escritura pública ante notario que deberá ingresar a un registro especial del Registro Civil en un plazo máximo de diez días).
Ambos integrantes de la pareja deben ser mayores de edad, otorgar su consentimiento voluntario y contar con la administración libre de sus bienes. No podrán suscribir una Unión Civil quienes estén casados o con un Acuerdo de Unión Civil vigente.
La ceremonia quedará consignada en un acta, la que tendrá su firma y la de los contrayentes. Este documento quedará en un registro especial del Registro Civil e Indentificación. La ceremonia no requiere de testigos.
Luego de la Ceremonia Civil, la pareja podrá celebrar su fiesta y todo su amor, y compartirlo con su círculo de amigos y compañeros de trabajo, en un lugar especial e inolvidable, con un traje precioso y cómodo que les permita ser protagonistas, mostrarse ante todos con orgullo y alegría; la música debe ser fiel reflejo de su personalidad y claramente algunas melodías que son sólo de la pareja podrán compartirse esta vez y para siempre con los suyos.
El baile debe ser largo e inagotable para que todos gocen y se relajen, no sólo la pareja. Cada detalle de su celebración deberá ser tejido a mano por la creatividad de la pareja.
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